"Para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias establecidas en los artículos 86, fracciones III, IV, VIII, IX, X, XIV, 101, VI, 118, III, V, 143, último párrafo, 144 y 164 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga, se deberá cumplir con dicha obligación en los términos de esa Ley, a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016."
Por tal motivo las constancias de sueldos y salarios podrán ser consultadas en la página del SAT en la opción Declaraciones/ Consulta el visor de comprobantes de nómina para el trabajador o en la liga:
https://ptscdanvisorpf.clouda.sat.gob.mx/
Correspondiente a los 5 años atras conforme a lo dispuesto en:
https://www.sat.gob.mx/tramites/89149/constancias-de-declaraciones-y-pagos
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